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La coartada que utilizó el diputado con licencia del PRD, Armando Ríos Piter para adicionar la Ley Federal de Radio y Televisión y así favorecer al poder fáctico de la televisión y la radio concesionada, resultó fallida. Su propio compañero de partido, Guadalupe Acosta Naranjo ordenó congelar el dictamen ya aprobado, y regresarlo a la Comisión de Radio y Televisión y Cinematografía. El legislador, nos dice el Dr. Raúl Trejo, se prestó como instrumento para realizar ese cambio.En el presente análisis, nuestro colaborador advierte que los empresarios de la radiodifusión no pierden oportunidad para sabotear la reforma electoral de 2007, para favorecer sus intereses, ahora el vehículo fue Ríos Piter, que busca ser senador por Guerrero.
Raúl Trejo Delarbre
El jueves 12 de abril, la Cámara de Diputados aprobó, con 244 votos a favor y sólo cuatro en contra, un paquete de reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión que permitía a las televisoras eludir algunas de sus obligaciones para la transmisión de spots de campañas electorales. El jueves 19 de abril, esa misma Cámara canceló aquella decisión: encontró que la reforma era anticonstitucional y devolvió el dictamen a la Comisión de Radio y Televisión. Se trata de una rectificación pertinente pero que forma parte de un proceso irregular, originado en un desplante de los consorcios de televisión. El diputado Armando Ríos Piter, a la sazón coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, fue el instrumento de las televisoras para promover esa reforma. Luego, todos los grupos parlamentarios la aprobaron sin siquiera haberla discutido.
Bloqueos, regateados
Semanas antes, el 22 de marzo de 2012, el diputado Ríos Piter había presentado, a nombre de los legisladores del PRD, esa iniciativa para reformar varios artículos de la Ley Federal de Radio y Televisión. El propósito de tales modificaciones era permitir que los consorcios de medios electrónicos esquivaran la obligación que les impone la Constitución y la ley electoral para transmitir mensajes de campañas locales. Sin embargo, la iniciativa fue presentada con un disfraz de apariencia meritoria. Allí se incluían disposiciones para reconocer a las radiodifusoras indígenas y para que los medios de comunicación promuevan “la alimentación nutritiva”. Se trataba en ambos casos, de afirmaciones que no tenían implicaciones legales y que por ello carecían de importancia.El deber de los concesionarios para transmitir mensajes políticos de los partidos en cada localidad ya había sido regateado por Televisa y Tv Azteca. En marzo anterior, dichas empresas rechazaron las pautas elaboradas por el Instituto Federal Electoral para la difusión de los mensajes de los partidos, y de las mismas autoridades electorales, durante las campañas rumbo a los comicios de julio. En la actual temporada electoral, igual que sucedió en las campañas de 2009, todas las estaciones de radio y televisión del país están obligadas a transmitir los spots que disponga el IFE dentro de los 48 minutos diarios que cada emisora debe reservar para tales propósitos. Los partidos pueden solicitar que se transmitan mensajes de carácter nacional como los que promueven a los candidatos presidenciales, pero también tienen derecho a requerir que se difundan spots destinados a campañas por una circunscripción electoral, un estado, un distrito o un municipio específicos.Esa posibilidad para alternar mensajes nacionales con otros de alcance local o regional, obliga al IFE a preparar pautas muy detalladas donde establece qué spots habrá de difundirse cada hora, cada día y durante todos los días de campaña. Las empresas de televisión privada alegaron que no cuentan con suficientes recursos técnicos para interrumpir la programación nacional y reemplazarla, durante unos minutos, por los mensajes de campañas políticas locales. No obstante que tanto Televisa como Tv Azteca venden publicidad comercial que puede ser insertada en una sola o en unas cuantas de sus repetidoras en todo el país, a menudo sostienen que los “bloqueos” a las señales nacionales no pueden realizarlos en todas sus frecuencias.En diciembre de 2011, el Tribunal Federal Electoral había dispuesto que podría haber excepciones a esa obligación de las televisoras cuando las empresas demuestren incapacidad técnica para efectuar los bloqueos. Por eso el IFE, a fines de febrero ya en 2012, resolvió que los bloqueos serían obligatorios en 134 de las 225 estaciones registradas como propiedad de Televisa, y en 141 de las 179 estaciones que difunden señales de Tv Azteca. Hasta entonces, los bloqueos funcionaban en 117 estaciones de Televisa y 139 de Tv Azteca.El IFE acordó también un ultimátum a las televisoras. Todas sus repetidoras, en todo el país, deberían estar habilitadas para hacer bloqueos locales que permitieran insertar mensajes en la programación de las cadenas nacionales a más tardar el 31 de diciembre de 2012. A partir del primer día del año siguiente, no habría dispensa para esa obligación de la televisión privada.
Retórica engañosa
Las televisoras acataron momentáneamente la decisión del IFE pero se pusieron a trabajar para vetarla con otros mecanismos. Fue entonces cuando impulsaron las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión que serían presentadas por el coordinador de los diputados del PRD. La exposición de motivos de aquella iniciativa estaba repleta de palabrería políticamente adecuada: el papel de los medios para “la paz verdadera”, “la integridad cultural de los pueblos”, el “cuidado al medio ambiente” y “la diversidad cultural indígena”, eran ponderados en dos cuartillas para justificar la modificación de varios artículos de la Ley Federal que establecían un procedimiento para que las comunidades indígenas obtengan permisos de radiodifusión.Ese procedimiento no implicaba ventaja alguna respecto del que existe en la legislación vigente. Incluso, imponía a los grupos indígenas un requisito nuevo al obligarlas a recabar del gobierno federal una constancia que los acredite como comunidades o pueblos indígenas.La iniciativa del diputado Ríos Piter no mencionó en su exposición de motivos una sola frase acerca de las reformas, en dos párrafos de la Ley Federal de Radio y Televisión, con los que se pretendía dar rango formal a las cadenas de estaciones y exentarlas de la difusión de mensajes electorales de carácter local.Después de establecer un “Artículo 49 Bis” para que dos o más estaciones puedan constituir una cadena regional o nacional, se creaba el “Artículo 79-B” que matizaba la obligación de difundir los mensajes de campañas electorales. En las estaciones incorporadas a redes o cadenas, “se considerará cumplida la obligación de los concesionarios y permisionarios de dichas estaciones al transmitir las pautas, programación o propaganda que las autoridades correspondientes entreguen a la estación que haya sido designada como estación de origen conforme al artículo 49 Bis”.La estación de origen es aquélla en donde se produce la señal que replican las emisoras que forman parte de tal cadena. Con esas modificaciones, las televisoras y radiodifusoras que transmiten programación originada en una estación matriz dejaban de estar constreñidas a interrumpir las transmisiones nacionales para dar paso a los mensajes de campañas locales o dirigidos a los ciudadanos de una localidad específica.La propuesta de Ríos Piter fue dictaminada en cinco días por la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, con una celeridad de la cual no se han beneficiado otras propuestas. En la información proporcionada por la Cámara de Diputados, hay registro de 39 iniciativas de reforma legal turnadas desde 2009 a esa Comisión. De ellas, ocho han sido desechadas y sólo una ha sido aprobada —se trata de la iniciativa de Ríos Piter en defensa de las televisoras—. De las 39 propuestas de reformas legales, hay 30 que están pendientes de estudio en esa Comisión. La Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía está presidida por el diputado Juan Gerardo Flores Ramírez, del Partido Verde, conocido por su identificación con intereses de Televisa y que ahora es candidato a Senador.
Zanahoria y ensayo
El dictamen que elaboró esa Comisión con tan inusitada celeridad –y sin que se conozcan registros de que en realidad haya sesionado– ratificó la propuesta de Ríos Piter y aderezó la exposición de motivos con más declaraciones de intención en apariencia loables: que “las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos”; “abatir los estereotipos que fomenten la discriminación y la violencia”; “integración de los grupos indígenas al desarrollo nacional”; “promover una nutrición balanceada para todo mundo debe ser una prioridad de primer orden”. Para alcanzar esa meta, la iniciativa original había incorporado entre los propósitos de la radiodifusión “promover una alimentación nutritiva y equilibrada”. Sin precisiones, ni medidas específicas, ésa no pasaba de ser una frase hueca. Las alusiones a las radios indígenas y a la nutrición adecuada eran, como dijo la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, “la zanahoria delante del garrote”. No tenían implicación práctica y únicamente servían para enmascarar la creación de cadenas con las cuales los radiodifusores le darían vuelta a la ley electoral. Pero en ese afán, como la misma AMEDI manifestó, el garrotazo se lo propinaban los partidos a sí mismos. La ausencia de spots de campañas locales, o destinados a electores en ciudades y regiones específicas, únicamente perjudicaba a los partidos políticos. A la postre, como también se dijo, la inopinada anuencia a esas modificaciones, el 19 de abril, significaba el comienzo de la contrarreforma electoral. Desde que en septiembre de 2007 el Congreso aprobó la reforma constitucional en materia electoral, las televisoras se propusieron sabotearla, desatenderla, desacreditarla y revertirla según pudieran. La decisión del 19 de abril fue un ensayo para una contrarreforma de mayor alcance, comenzando por la operación política que consiguió que los diputados de un partido en apariencia comprometido con la reforma de los medios, como ha sido el PRD, no sólo respaldaran sino, antes, presentaran como suya esa iniciativa legal.Unos 244 diputados, de todos los partidos, aprobaron esas modificaciones a la Ley de Radio y Televisión. Se opusieron cuatro: Leticia Quezada Contreras y Ramón Jiménez López, del PRD, así como Ifigenia Martínez Hernández y Jaime Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo.Antes de la votación sólo hubo dos breves intervenciones. Una, del propio Cárdenas Gracia, para oponerse a la iniciativa y señalar que se contradecía con la reforma electoral. Otra, del diputado Mario Alberto Di Constanzo que la respaldó aunque no dijo una sola palabra acerca de su contenido.
“Deficiencias técnicas”
Los diputados que la respaldaron de manera inicial restaron importancia a los cuestionamientos a esa reforma. El 13 de abril el diputado Francisco Rojas, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, descalificó las explicaciones que ya circulaban acerca de tales modificaciones legales diciendo que únicamente se trataba de cambios a favor de las radios comunitarias. “Son ganas de ver moros con tranchete”, dijo. Pero esas implicaciones fueron advertidas en otros partidos, incluyendo el suyo. El diputado Rojas estaba tan desinformado acerca de la reforma que él mismo votó, que no se dio cuenta que no se refería a las radiodifusoras comunitarias sino únicamente a las de carácter indígena. O quería engañar a quienes pedían explicaciones, anteponiendo la mampara que escondía las consecuencias reales de tales ajustes a la Ley.La iniciativa tendría que haber pasado de inmediato a la Cámara de Senadores. El miércoles 18 de abril, el senador Manlio Fabio Beltrones, presidente del Senado, informó que aún no la recibía pero que, de llegar, ya no habría tiempo para desahogarla en ese periodo de sesiones. Al día siguiente, al comenzar la sesión en San Lázaro, el presidente de la Cámara de Diputados, Guadalupe Acosta Naranjo, anunció que la iniciativa aprobada la semana anterior había sido motivo de una “revisión”, tras la cual se encontró que padecía “serias deficiencias técnicas”. La más relevante era que se contradecía con una disposición del Artículo 105 Constitucional, según la cual no puede haber reformas a las leyes electorales durante el transcurso de procesos electorales. Con ese argumento, la iniciativa fue devuelta a la Comisión de Radio y Televisión.Ésa fue una coartada, legalmente forzada, para echar atrás una decisión que dentro de los propios partidos había ocasionado reclamos y disgustos. En rigor, no había contradicción con el Artículo 105 a menos que los legisladores hubieran considerado que las reformas tendrían efecto para el actual proceso electoral. De ser así, el abuso habría resultado mayor. En todo caso, la rectificación de los diputados truncó una reforma que aprovechaba a las radios indígenas como parapeto de los intereses de las televisoras. La noche del 19 de abril, el diputado Armando Ríos Piter –entonces ya de campaña para senador por Guerrero– consideró en un mensaje de Twitter: “Positiva decisión del pleno de la Cámara, por consenso de todos los grupos, de regresar a la Comisión, reformas a Ley Federal de Radio y Televisión”.En realidad no todos los grupos parlamentarios estuvieron de acuerdo. El Partido Verde manifestó que no le consultaron antes que el presidente de la Cámara propusiera la devolución de tal iniciativa a la Comisión que la dictaminó de manera favorable. La concordancia del PVEM con las televisoras se ratifica a cada momento. Pero en forma habitual otros partidos mantienen distancia, a veces cosmética pero además en el plano de las decisiones políticas y jurídicas, respecto de Televisa y TV Azteca. La aprobación de una iniciativa que luego reconocerían como irregular e incluso anticonstitucional, fue un error que los partidos supieron enmendar: la sencillez con que respaldan medidas que convienen a las televisoras tendría que suscitar una preocupación mayor en la sociedad mexicana.
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