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Viernes 30 de Marzo de 2012 19:12

 

En bloqueos ganan televisoras

 

Gerardo Israel Montes

 

Luego de varios meses de am­plia discusión y la insistencia de los consejeros electora­les Alfredo Figueroa y Marco Antonio Baños, con objeto de hacer respetar el modelo de comunicación política que se estableció en la refor­ma constitucional concretada duran­te 2007-2008, a fin de que el Instituto Federal Electoral (IFE) garantice la equidad en la contienda a través de la transmisión de todos los promo­cionales electorales, en su sesión del 29 de febrero el órgano electoral su­cumbió antes las presiones de Tele­visa y Tv Azteca, al aprobar una pro­puesta casi idéntica a la presentada por la primera empresa, mediante la que buscó encontrar una salida a modo para conseguir que varias de sus repetidoras quedaran exentas de transmitir las pautas locales.

La propuesta para exentar a las televisoras de su obligación consti­tucional fue hecha por el consejero Lorenzo Córdova quien -mediante el argumento de procurar la máxima eficiencia del modelo de comuni­cación y de la maximización de los derechos políticos de los ciudadanos- planteó que un total de 28 emisoras (26 pertenecientes a Televisa y 2 a Tv Azteca) deberían realizar inserción de materiales locales, sin ninguna dilación, a partir del 30 de marzo de 2012.

Córdova Vianello expuso que la cobertura efectiva de Grupo Tele­visa a los inscritos en la lista no­minal ascenderá a 28 millones 428 mil 407 ciudadanos, una cobertura del 95.3 por ciento de electores de las 15 entidades con proceso elec­toral coincidente con la federal, mientras que la cobertura de Tv Az­teca será de 29 millones 818 mil 920 ciudadanos, el 99 por ciento de los inscritos en el listado nominal.

En su propuesta el consejero elec­toral fijó un plazo definitivo para que 129 emisoras, de las 157 que el pasado 14 de diciembre, en una se­rie de escritos presentados ante el IFE, alegaron la falta de condiciones para llevar a cabo los bloqueos de los mensajes electorales emitidos desde una entidad distinta a aquélla en la que transmiten su señal de origen, construyan las condiciones mate­riales para poder realizarlo. El plazo para garantizar la capacidad técnica para bloquear será el 31 de diciem­bre, por lo cual no tendrá efectos en el actual proceso electoral.

 

Similitudes con propuesta de Televisa

 

Cabe mencionar la similitud de esta propuesta con la planteada en el do­cumento elaborado por José Alber­to Sáenz Azcárraga, representante legal de Televimex y demás empre­sas pertenecientes a Grupo Televi­sa, mediante el que da respuesta al oficio remitido por el órgano elec­toral SE/353/2012, del 15 de febre­ro de este año, donde se le da vista del “Informe sobre la Factibilidad de Bloqueo de 157 emisoras de Televi­sión que argumentan Imposibilidad material y jurídica”, en el cual propo­ne exentar de la obligación de trans­mitir las pautas locales a la mayoría de esas estaciones.

En el apartado de “Propuesta” de este escrito, Sáenz Azcárraga asegu­ra que sus representadas estarían en condiciones de iniciar transmisiones de pauta el 30 de marzo próximo, utilizando sus 8 equipos móviles de bloqueo, “los cuales pueden ubicarse en las emisoras que el Consejo Ge­neral estime pertinente.

El funcionario hizo referencia a la propuesta de Catálogo que las áreas técnicas del propio Instituto pusieron a consideración de los integrantes del Comité de Radio y Televisión, el pasa­do 12 de noviembre de 2011, en rela­ción a que se requerían “20 emisoras” para garantizar la cobertura para los procesos electorales, tanto federales como locales, “de las cuales 12 co­rrespondían a mi representada”.

 

Reunión del Comité de Radio y Televisión

 

Efectivamente, en aquella reunión del Comité de Radio y Televisión del 12 de noviembre del año pasado, se puso a discusión un proyecto elaborado por la Secretaría Ejecutiva del IFE, a cargo de Edmundo Jacobo Molina, mismo que fue contrario a lo propuesto por el consejero Alfredo Figueroa y que respaldó el también consejero Mar­co Antonio Baños, en el sentido de establecer la obligación de todas las emisoras de bloquear la señal emiti­da desde la Ciudad de México, en lo concerniente a las pautas locales en la totalidad de las emisoras.

La propuesta de la Secretaría Eje­cutiva consistía en aprovechar el esquema de operación de “redes na­cionales” de 410 emisoras, cuya se­ñal se origina en el Distrito Federal y es transmitida en el resto del país, a efecto de que “149 de ellas, es decir, el 36.4 por ciento, transmitan exclu­sivamente la pauta federal”.

El sustento de dicha propuesta era que el 63.66 por ciento de las emiso­ras que operan bajo el esquema de redes nacionales, transmiten las pau­tas relativas a contenidos federales y locales, “mientras que en las áreas geográficas donde tiene cobertura el 36.34 por ciento de las emisoras res­tantes, no obstante que éstas trans­mitan únicamente pauta federal, existen suficientes emisoras que pue­den transmitir las pautas locales”.

Con el análisis de “suficiencias”, presentada en aquella reunión, de manera particular en el caso de la televisión, de las 410 emisoras de al­cance nacional (incluidas Grupo Te­levimex, Tv Azteca y Canal Once), se dijo que 261 emisoras participarían en la cobertura de las 15 elecciones y serían susceptibles de difundir con­tenidos locales diferenciados desde entidades sin proceso comicial con­currente con el federal, alcanzando una cobertura de mil 147 municipios del país.

Finalmente, en aquella reunión del Comité de Radio y Televisión ce­lebrada el 12 de noviembre se avaló el acuerdo ACRT/027/2011, con la propuesta de Figueroa, con lo cual se estableció la obligación de todas las emisoras de “bloquear” la señal emitida desde la ciudad de México y sustituirla por la señal local en lo que concierne a las pautas electorales; el planteamiento con posterioridad fue aprobado por el Consejo General del IFE.

 

Apelaciones

 

Sin embargo, el contenido de este acuerdo derivó en un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, catalogado con el expediente SUP-RAP-553/2011 y acumulados.

En este documento, el Tribunal Electoral determinó que si bien el Comité de Radio y Televisión cuen­ta con atribuciones para aprobar los catálogos de las estaciones de radio y canales de televisión, en tér­minos del Reglamento de Radio y Televisión, “no implica que también tuviera facultades para discernir si las concesionarias y/o permisiona­rias que participarán en el presente proceso electoral federal y los proce­sos electorales locales concurrentes con el federal, podían o no aplicar “bloqueos”, dada que dicha potes­tad —como ha quedado indicado— corresponde al Consejo General (…)”

El proyecto de Catálogo de esta­ciones de radio y canales de televi­sión que circuló durante la sesión extraordinaria de Consejo General del pasado 15 de diciembre (que a la postre fue aprobado junto con un punto de acuerdo promovido por la consejera Macarita Elizondo), fue el mismo avalado por el Comité de Ra­dio y Televisión durante su reunión del 12 de noviembre, que establecía la obligación de bloqueo para todas las emisoras, hecho que cuestionó el consejero Benito Nacif momentos antes de presentar su propuesta de “bloqueo invertido”.

De acuerdo con el consejero Nacif, con el “bloqueo invertido” se evita­ría el problema que representaría la propuesta de que todas las emisoras estuvieran obligadas a bloquear.

Los consejeros Alfredo Figueroa y Marco Antonio Baños, cuestionaron la propuesta de Benito Nacif. El pri­mero advirtió: “Nos está planteando adicionalmente un segundo transi­torio en donde nos dice: ‘Concluido el Proceso Electoral dentro de 18 me­ses, los concesionarios referidos en el Anexo 2 del presente Proyecto de Acuerdo deberán tomar las medidas técnicas y materiales que sean nece­sarias para estar en condiciones de bloquear…”

Al hablar acerca de las imposibili­dades materiales para que de mane­ra eventual una emisora justificara el impedimento con objeto de bloquear una señal, el consejero Marco Anto­nio Baños recordó la sentencia del Tribunal Electoral SUP-RAP-215/2010, relacionada con el catálogo de emi­soras para el proceso electoral que se llevó a cabo ese año en el estado de Coahuila, donde se determinó que todas las señales que se vieran y escucharan en esa entidad tendrían pautas locales, obligando a todas las repetidoras a bloquear.

“Cuando en aquella sentencia del 24 de diciembre de 2010, —señaló baños— el Tribunal estableció y ra­tificó el criterio del Instituto Federal Electoral para que se establecieran los bloqueos, obviamente el tema de las imposibilidades materiales por falta de recursos con objeto de ad­quirir equipos, la inexistencia de los mismos o la necesidad de contratar personal fueron elementos analiza­dos por el Tribunal. Éste dijo que eso no era motivo suficiente para eximir­los de responsabilidad en la transmi­sión de la pauta”.

Posteriormente y para encontrar una salida a los escritos presentados ante la presidencia del Consejo Ge­neral del IFE, por parte de un grupo de concesionarios que argumenta­ron imposibilidad material y jurídica para efectuar bloqueos en 157 esta­ciones de televisión, la consejera Ma­carita Elizondo propuso un punto de acuerdo donde se estableció que ta­les estaciones deberían acreditar di­cha imposibilidad con los elementos probatorios ante la Secretaría Ejecu­tiva del IFE, a la cual se le instruyó a realizar una verificación técnica e informar al Consejo General acerca de la factibilidad para efectuar el de­bido cumplimiento o no del pautado ordenado por esta autoridad.

 

Informe de la Secretaría General

 

Tal informe sobre la factibilidad de bloqueo de 157 emisoras de televisión que argumentaron impo­sibilidad material y jurídica ((117 correspondientes a Grupo Televisa y 40 correspondientes a Tv Azteca) fue entregado el 15 de febrero al Consejo General, donde se decidió que se remitiera al Comité de Radio y Televisión.

La propuesta de modificación al informe realizado por la Secretaría Ejecutiva del IFE que presentó el presidente del Comité de Radio y Te­levisión, el consejero Marco Antonio Baños, planteaba que para determi­nar la capacidad de bloqueo, se utili­zarían los datos que existieran en los expedientes, desechando aquellas variables que no necesariamente son determinantes para evitar bloqueos, entre ellas la falta de espacio; falta de contrato de internet o teléfono o falta de equipo para bloquear.

El propio Tribunal Electoral en su sentencia SUP-RAP-535/2011 y acu­mulados, abrió la posibilidad de ex­cepciones en casos concretos: “En el entendido de que una situación distinta es que, materialmente, cada estación llegara a justificar confor­me a los criterios aceptados por este Tribunal, su imposibilidad material y jurídicamente justificada a cumplir con dicha obligación”.

De acuerdo con el informe de la Secretaría Ejecutiva, de las 157 emi­soras verificadas, en 85 su personal no tienen condiciones para laborar; sin embargo, de esas 85 emisoras, el propio informe señala que en 16 sí tienen factibilidad de bloqueo, debi­do a que se ha comprobado en gra­baciones, pautas específicas o equi­pos vecinos de bloqueo.

A esas 16, se sumarían 10 emiso­ras más en las cuales —de acuerdo con un informe que solicitó el propio Comité de Radio y Televisión, el vier­nes 24 de febrero para verificar gra­baciones de las 19 emisoras monito­readas por el Sistema Integral para la Administración de los Tiempos del Estado (SIATE)— se encontraron evi­dencias de contenidos o imágenes específicas de la localidad.

La propuesta de modificación del consejero Marco Antonio Baños con­cluía que de las 59 emisoras que no cuentan con condiciones laborales y que no se cuenta con evidencia de bloqueo, 17 tendrían que comen­zar a bloquear a más tardar el 30 de marzo y 42 emisoras lo harían a más tardar el 1° de septiembre de este mismo año. De las 157 emiso­ras que esgrimen imposibilidad de bloqueo, las que estarían en posi­bilidad de bloquear en campañas serían 115, que tendrían que hacer­lo el 30 de marzo (63 consideradas en el informe de la Secretaría Eje­cutiva, más 52 de la propuesta del Comité de Radio y Televisión).

 

Se impone el duopolio

 

La propuesta que terminó aproban­do el Consejo General del IFE du­rante su sesión del 29 de febrero, elaborada por el consejero Lorenzo Córdova, sólo determinó que un to­tal de 28 emisoras (26 de Televisa y 2 de Tv Azteca), deberán realizar in­serciones de materiales locales, sin ninguna dilación a partir del 30 de marzo de este año.

Todo indica que las presiones de las dos televisoras pesaron más en las decisiones de los otros 6 conseje­ros electorales. De acuerdo con una nota del periódico La Jornada, firma­da por el reportero Alonso Urrutia, el viernes 24 de febrero “se vio a un ex funcionario del IFE, Fernando Agiss, otrora director ejecutivo de prerro­gativas y partidos políticos y por tanto primer responsable de aplicar la reforma, cabildeando en favor de los concesionarios en las oficinas de los nuevos consejeros: Lorenzo Cór­dova, María Marván y Sergio García Ramírez”.

 

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Última actualización el Miércoles 19 de Diciembre de 2012 16:42
 
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